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LA NUEVA LEY HIPOTECARIA

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Parece que todas las dudas que había sobre la Nueva Ley Hipotecaria ya se han solventado.

 

Está propuesta se ha alargado durante casi dos años hasta finalizar todos los trámites y entrar en vigor. La nueva ley busca incorporar al ordenamiento jurídico español varias normas europeas y dotar de transparencia y seguridad a las partes implicadas en la firma de un préstamo hipotecario.

¿Cuáles son las novedades?

  • Los bancos disponen de 3 meses para aplicarla desde su publicación en el BOE.
  • Los bancos pagarán el AJD, independientemente del inmueble. Esto supone entre un 0,5% y un 1,5% de la responsabilidad hipotecaria. Variará en función de la comunidad autónoma.
  • El límite a las comisiones que cobran los bancos por cancelación anticipada vuelven a bajar. Esta vez se establecen en un 0,25€ durante los 3 primeros años y un 0,15% entre el tercer y quinto año, esto para las hipotecas variables.

En el caso de las fijas, el límite se establece en un 2% durante los 10 primeros años y un 1,5% a partir de ese momento.

  • Deja de ser legal que te obliguen a adquirir un seguro para contratar el préstamo hipotecario. Pero se sigue permitiendo que te lo ofrezcan junto con una mejora de las condiciones.
  • La tasación de una vivienda podrá ser realizada por cualquier sociedad o profesional homologado independientemente del prestamista o el intermediario del crédito inmobiliario.

¿Cómo cliente debo hacer algo?

Efectivamente, con la nueva ley los clientes tendrán ciertas obligaciones. Estás obligado a acudir al notario antes de la firma del préstamo para que él constate que todo el contenido del préstamo se ajusta a la legalidad y que tú, como consumidor, puedas resolver cualquier duda sobre el contrato que el banco te ha dado (como mínimo 10 días antes de la firma).

En esta visita, como cliente, deberás firmar un documento para que quede constancia de que entiendes todos los apartados del contrato.

Si olvidas realizar este proceso, el notario no podrá autorizar la escritura pública del préstamo.

 

Por supuesto que la ley aplica más cambios a la concesión de hipotecas y sus derivados, pero hemos querido contaros los más reseñables. Recordad que siempre podéis acudir a una notaría para ser informados de manera gratuita sobre cualquier duda que tengáis.

O por el contrario, podéis acudir a nosotros, intentaremos ayudaros de la mejor manera posible.

¡Pasad un feliz fin de semana!

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